SOCIEDADES DE GRADUADOS EN CIENCIAS ECONÓMICAS 1.1. SOCIEDADES INCLUIDAS EN LA SECCIÓN IV DEL CAPÍTULO I, LEY 19.550 Sociedades que no cuentan con instrumentación por escrito o por ser sociedades atípicas con contrato escrito que regule sus aspectos esenciales. En el caso de las sociedades atípicas con contrato escrito la admisibilidad de la inscripción podrá quedar sujeta a evaluación específica por parte de este Consejo. • Requisitos: [VER +]
- Nombre de la sociedad: No podrán identificarse con nombre de fantasía, ni con siglas de cualquier especie. Debe incluir como mínimo el de uno de sus socios o ex-socios graduados en Ciencias Económicas y podrá ser acompañado por expresiones “y asociados”, “estudio contable”, “asesores”, “estudio”, “consultores” o expresiones similares que se refieran al objeto o actividad principal. No se inscribirán entidades cuyo nombre coincida con otras sociedades ya inscriptas, cualquiera sea su forma societaria. Podrán conservar en el nombre o razón social el de socios que hayan fallecido o se hayan retirado de la sociedad o asociación. En tal caso se deberá adjuntar la aprobación escrita por parte del ex-socio o, de corresponder, de sus derecho habientes.
- Objeto Social: Deberán tener como objeto social exclusivo la prestación de servicios profesionales que resulten de las incumbencias propias de cada título. También se admite que adopten como único objeto societario proveer a los socios de la estructura material y empresarial necesaria para que los mismos puedan ofrecer personalmente sus respectivas incumbencias.
- Integración: Domiciliadas en provincia de Buenos Aires: Todos los integrantes deben estar matriculados en el Consejo Profesional de Provincia de Buenos Aires y estar al día en el pago del Derecho de Ejercicio Profesional. Domiciliadas en extraña jurisdicción: Podrán solicitar la habilitación para actuar en el ámbito de la provincia de Buenos Aires de todos o algunos de sus integrantes. Deberán acreditar los datos de inscripción de la entidad en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de su domicilio, así como los datos de matrícula del resto de los socios en el Consejo Profesional correspondiente.
- Integrantes: Se deberá declarar el porcentaje de participación sobre los honorarios de cada uno de los integrantes. La solicitud deberá ser firmada por todos los integrantes del agrupamiento o por su representante, quien deberá estar facultado mediante poder especial para inscribir al agrupamiento societario.
- Administración y participación: Siempre que exista un contrato por escrito, la administración de la sociedad deberá estar a cargo de uno o más socios o profesionales graduados en Ciencias Económicas.
• Solicitudes de inscripción, presentar:
- Formulario de inscripción. [CLIC AQUÍ] - Contrato social/estatuto (o fotocopia autenticada ante escribano público), de corresponder. - Abonar el derecho de inscripción correspondiente. [CLIC AQUÍ] - En caso de presentar domicilio fuera de la provincia de Buenos Aires, acreditación de los datos de inscripción en la entidad del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de su domicilio y de los socios. - De contar con un representante legal, adjuntar poder especial. - Remitir correo electrónico a matricula@cpba.com.ar o en forma presencial en Delegaciones [CLIC AQUÍ], adjuntando toda la documentación.
• Modificación de sociedades, presentar:
- Formulario detallando la modificación solicitada, firmada por todos los socios o representante legal, en tal caso adjuntar poder especial. [CLIC AQUÍ] - Contrato social/estatuto, según corresponda. - Remitir correo electrónico a matricula@cpba.com.ar o en forma presencial en Delegaciones [CLIC AQUÍ], adjuntando toda la documentación. Toda la documentación debe estar escaneada desde un documento original.
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