Ya se puede solicitar la devolución de las percepciones del 35%

Ya se pueden solicitar las devoluciones de las percepciones del 35% sufridas entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, tal como lo tiene previsto la Resolución General (AFIP) 4815 así como también el microsito "Régimen de devolución de percepciones".
Estas percepciones son las que se practican por la compra de dólar ahorro, compras con tarjetas de crédito y compra en moneda extranjera que se pague en pesos, adquisición de servicios en el exterior a través de agencias de turismo, adquisición de pasajes al exterior, entre otras.
1) ¿En qué casos puedo solicitar la devolución de las percepciones por este procedimiento?
Vas a poder solicitar la devolución siempre que:
No estés inscripto en el impuesto a las ganancias, ni te corresponda realizar dicha inscripción.
No te encuentres inscripto en el impuesto sobre los bienes personales, ni te corresponda realizar dicha inscripción.
Trabajes en relación de dependencia y no seas pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las ganancias por parte de te empleador como agente de retención.
2) ¿En qué casos es improcedente el pedido de devolución?
El pedido de devolución es improcedente, en los siguientes casos:
Cuando tengas inscripción activa en el Impuesto a las Ganancias y/o en el Impuesto sobre los Bienes Personales.
Cuando hayas sufrido, en el período de la percepción, retenciones del Impuesto a las Ganancias por tu trabajo en relación de dependencia o por ingresos derivados de jubilaciones y pensiones.
Cuando debas inscribirte en el Impuesto a las Ganancias.
3) ¿Qué necesito para solicitar la devolución?
Tenés que cumplir con los siguientes requisitos.
Poseer CUIT
Poseer Clave fiscal, nivel 2 o superior
Informar a la AFIP la CBU en la que te acreditarán los fondos a través del servicio "Declaración de CBU".
Tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico
4) ¿Tengo que realizar un trámite de devolución por el año 2021 completo o un trámite por cada uno de los meses del año 2021 donde me practicaron percepciones?
El trámite de devolución es por cada mes en que te practicaron percepciones.
Es decir, si te practicaron percepciones en los 12 meses de 2021 y querés solicitar la devolución de todas las percepciones, vas a tener que presentar 12 solicitudes de devolución, una por cada mes.
5) ¿Dónde puedo consultar las percepciones que me realizaron?
Podes consultar las percepciones que te realizaron a través del servicio "Mis Retenciones" al que podés acceder con clave fiscal.
6) ¿Es necesario que tenga en mi poder los comprobantes de percepciones o alcanza con que estén informados en Mis Retenciones?
Tenés obligación de conservar los comprobantes de las percepciones tales como facturas, extractos de cuentas bancarias, extractos de tarjetas de crédito, boletos de transporte, etc.