Nuevos parámetros para la categorización de los Entes como Pequeños y Medianos
El Consejo Directivo en su reunión del 14 de mayo –Acta N° 845–a través de la Resolución CD 3377 aprueba:
a) Nuevas metodologías para la determinación de los parámetros cuantitativos establecidos en la Res. CD 3292 para la categorización de los entes como Pequeños y Medianos, y
b) La reformulación de la categoría Ente Mediano, que deja de estar conformada por tres subcategorías con parámetros diferenciados convirtiéndose en una categoría sin distinciones en función de la actividad del ente y que tiene por único parámetro cuantitativo el monto de ventas netas (o, en el caso de entes sin fines de lucro, de recursos) en el ejercicio anual de $ 50.000.000, base Septiembre 2009, ajustados por IPIM hasta la fecha de cierre de los estados contables.
Las nuevas metodologías de cálculo de los parámetros y la categoría Ente Mediano reformulada tienen vigencia para los estados contables de ejercicios o períodos intermedios correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2009, inclusive
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