Se incrementaron los topes de facturación para la categorización como Pymes

El Ministerio de Desarrollo Productivo incrementó los topes de facturación para la categorización como micro, pequeñas o medianas empresas (Pymes). Esas subas de los techos de ingresos fueron de entre el 40% y el 55%. De esta manera, más empresas podrán acceder a determinados beneficios fiscales.
Con los nuevos valores, serán pymes las empresas hasta los siguientes límites:
Construcción: $1.928 millones
Servicios: $1.438,9 millones
Comercio: $5.495 millones
Industria: $7.046 millones
Agropecuarias: $1.626 millones
En cambio, no hubo modificaciones para la cantidad de personal ocupado para ser pyme que quedó en 590 obreros para la construcción, 535 empleados en los servicios, 345 en el comercio, 655 en la industria y 215 operarios en las pymes agropecuarias.
Tampoco hubo cambios en el monto máximo de activos, que quedó fijo en $193 millones.
Si las pymes ya tienen su certificado vigente pueden recategorizarse con los nuevos parámetros para obtener mayores beneficios. Por ejemplo una Mediana Tramo I podría darse el caso que pueda recategorizarse como Pequeñas y tener más beneficios, explicó Silvia Tedin, socia Producto Misión PYME en SMS - San Martin, Suarez y Asoc.
Los beneficios para una empresa por estar dentro de los parámetros de una pequeña o mediana empresa e inscribirse en el Registro Mipyme son los siguientes, enumeró Tedin:
Seguridad Social
En la alícuota de la seguridad social, las pymes tendrán 18% de alícuota de contribuciones patronales.
Impuestos Nacionales
Impuesto al cheque: las pymes no pagan sobretasa de Impuesto a los débitos y créditos bancarios para retiro de efectivo.
IVA: diferimiento en el pago por 90 días (solo para micro y pequeñas).
Se podrán incluir en el régimen de facilidades de pago permanente las obligaciones de IVA de las pymes con pago diferido.
Compensación del 100% del Impuesto a los Débitos y Créditos para micro y pequeñas empresas y del 60% para medianas tramo I del rubro industria.
Simplificación para solicitar el certificado de no retención de IVA.