Ganancias y Bienes Personales: La Justicia ratificó la suspensión de los vencimientos hasta el 12 de julio

Confirman que el fallo que determinó la suspensión de los vencimientos de las declaraciones juradas y el pago de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales para el 12 de julio, rige también para los profesionales matriculados en nuestro Consejo.
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12, a cargo de la Dra. Macarena Marra Giménez, precisó este martes 5 de julio que el fallo del 1 de julio de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal -que había confirmado la suspensión hasta el 12 de julio próximo de los vencimientos de las declaraciones juradas y el pago de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales del Período Fiscal 2021-, aplica a los profesionales matriculados en nuestro Consejo Profesional al estar adherido al proceso colectivo.
El 1 de julio pasado, en el fallo confirmatorio en segunda instancia, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal había desestimado la apelación que la AFIP había presentado días atrás y dispuesto la confirmación de la suspensión de los vencimientos poniendo de manifiesto el error de funcionamiento en los aplicativos y servicios para la presentación y fijando como fecha para pagar los impuestos el 12 de julio próximo.
En consecuencia, y teniendo en cuenta la citada adhesión colectiva al proceso judicial por parte de los distintos Consejos Profesionales, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 emitió con fecha 5 de julio un documento con el cual se aclara que la medida beneficia a los profesionales matriculados en nuestro Consejo Profesional luego de que mediante resolución del 22/6/2022 se declaró formalmente admisible la acción colectiva y se determinó como objeto procesal “que se ordene a la AFIP-DGI prorrogar el vencimiento de la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas del impuesto a las ganancias -incluyendo el impuesto cedular- y del impuesto sobre los bienes personales del Período Fiscal 2021 de las personas humanas cuyo vencimiento está previsto actualmente para los días 23 a 27 de junio, hasta después de transcurridos sesenta (60) días desde que fueron puestos a disposición los sistemas web necesarios para cumplir dicha labor, es decir a partir del día 12 de julio en adelante”.
El documento está disponible al pie de esta información.